Acuerdo: Ayacucho Por Justicia y
Reparación Digna 2013
A.- PRESENTACIÓN
El
Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación señaló que los 20 años de violencia
trajo aproximadamente 69, 280 personas
desaparecidas y asesinadas en el Perú, de los cuales existen
en Ayacucho: 10.000 asesinatos, más de 12.000 desaparecidos, más de 18
mil huérfanos y 170.000 desplazados, que
representan el 35% de su población a si mismo
más de mil fosas comunes registrados. En cuanto el Consejo de Reparaciones
ya cuenta con un aproximado de más de
177 mil víctimas y familiares a nivel nacional mientas Ayacucho representaría con más de 77
mil víctimas y familiares acreditadas por Consejo de Reparaciones.
A
puertas de 10 años del Informe Final de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación al Estado Peruano, ha cumplido
de manera parcial con los compromisos asumidos y recomendaciones, pero
que no han calmado las expectativas de
la población beneficiarias.
Una
de ellas es el Plan Integral de Reparaciones de los cuales las reparaciones
colectivas más allá de ser participativo
no fueron percibidas como reparación si
no como el deber de cumplimiento o gestión del Estado local, en tema de
salud a pesar de un esfuerzo normativo
no son aplicadas por las operadoras del
sector, en Educación se inició recientemente pero desde punto de vista del
programa PRONABEC, al acceso y Facilitación Habitacional solo refiere el
reglamento de Techo propio con prioridad para las víctimas de la violencia
política de Ayacucho, en Restitución Ciudadana no se percibe, en Simbólicas
solo intenciones y otras programas ninguno, en tema de Reparación Económica
generó un alivio a las familias de extrema pobreza, sin embargo la re
victimizaron y su implementación de enfoque discriminatorio de un Decreto
promulgado por Alan García con un cierto sesgo y irrealidad; una reparación
económica que después de 30 años de espera sólo recayó 450, 820 soles, etc y
las otras recomendaciones como la reforma del Estado un saludo a la Bandera,
pues en pleno siglo 21 a los peruanos tratan de discriminar de los derechos
ganados por el hombre , donde las oportunidades laborales con sueldos altos son
para los blanquiñosos. Tampoco se visibiliza
el labor de la búsqueda de personas desaparecidas En conclusión el
Estado Peruano (sus gobernadores) han actuado de manera falacia y esquiva a las
recomendaciones de las instituciones democráticas y organizaciones sociales,
por lo cual esta se puede repetir si no se asume de manera responsable.
A diez años de la fundación como FROBAVEJ y actual CORAVIP de la
organización de organizaciones afectados
ha tenido muchas dificultades y
logros importantes. Sin embargo a lo largo de estos años ha liderado a nivel
nacional para el cumplimiento de las recomendaciones de la CVR, justicia y
reparación siempre con acompañamiento de las instituciones de Derechos Humanos.
Hoy no se cuenta con el mismo apoyo de
los aliados, pero hay una experiencia institucional y liderazgo de sus líderes
para asumir retos del nivel regional y
nacional así gestionar y atraer reivindicaciones y inversiones en favor de toda la población principalmente
para las víctimas y familiares de la violencia política que el Perú vivió en
los décadas de los años 1980 al 2000.
En
este contexto especial de 10 años de la CVR, queremos contribuir el sueño y
anhelo de las víctimas de una reparación digno de un monto de 10 UIT y su
integralidad de manera paulatina, para ello se ha programado el V Congreso Regional de Organizaciones Afectados
por la Violencia Política denominado
“Mamá Angélica” con más de 2000 delegados del interior de la región, un acto de
reivindicación de su demanda y propuestas para la consideración de pleno,
paulatina hasta en un plazo de 8
años del presente documento
de un Acuerdo: Ayacucho Por Justicia y Reparación Digna 2013.
Esta
apuesta es con el acuerdo de las organizaciones afectadas principalmente de
AJOHVISOP, AFADIPA, ANFASEP, entre otras; para la continuidad de su lucha en la
reivindicación de mejor derechos para las comunidades afectadas, victimas y
familiares, personas desplazadas
B.-
JUSTIFICACIÓN
Urge la necesidad de implementar por
ser de derecho, de reivindicación social y
real de la vergüenza histórica de
los sucesos y las responsabilidades de los funcionarios del Estado de entonces,
que se heredó, sin la implementación
o caso contario cómplices de este barbarie que pasó. Urge la
necesidad de cumplir por el cumplimiento
la ley, los tratados internacionales, la Declaración Universal de Derechos
Humanos, por el valor del principio de la humanidad y solidaridad.
Urge su implementación por ser una deuda histórica de siglos, pues
nunca se atendió a los pueblos andinos como hoy si vemos su inicio, pero en nuestras demandas específicas de la Verdad, justicia ya son 32
años, y desde el compromiso institucional del Estado para un proceso de Reconciliación son 10
años, con 3 presidentes constitucionales democráticos, que estamos esperando …
otra barbarie no lo creo pues ya hemos aprendido lecciones como Estado y como
personas individuales que hemos sufrido de carne. Por lo tanto urge reparar
tendientes a restituir, indemnizar y rehabilitar a la víctima, así como medidas
de satisfacción de alcance general y garantías de no repetición acordes a los
estándares de derechos internacionales, tal conforme se aprobó la Comisión Interamericana de los derechos Humanos.
Nuestras demandas se justifican:
·
Constitución Política del Perú
·
Ley 28592 ley de reparaciones
·
D.S. N° 015-2006-JUS (Reglamento de la Ley )
·
D.S. N° 062-2004-PCM (Marco programático de
acción del Estado en materia de paz, reparación y reconciliación nacional)
·
D.S. N° 011-2004-PCM (Comisión Multisectorial
de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos
de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional)
·
Normas internacionales: de Derechos Humanos
C.- PRINCIPIOS
a)
Respeto a la dignidad y derechos de los seres humanos.-El fin
supremo de la sociedad y del Estado es la persona humana, por consiguiente,
todo programa de reparación debe enmarcarse dentro del estricto respeto a la
dignidad y derechos de los seres humanos.
b)
Expresión de finalidad reparadora de la acción.- Por el
cual sólo se considerarán como acciones de esta naturaleza a aquellas que de
manera expresa se les haya asignado dicho carácter antes de su ejecución por
estar inscritas dentro de los marcos del PIR y sean así comunicadas a los
beneficiarios de las mismas.
c)
Equidad y proporcionalidad.-Para la determinación y asignación de las
reparaciones de todo programa a
favor de las víctimas y
beneficiarios, se procederá a tratar de
manera igual a quienes se encuentren en la misma situación y de manera
diferenciada a los que estén en una situación diversa.
d)
No discriminación.-Para la determinación y asignación de las
reparaciones de todo programa a
favor de las víctimas y
beneficiarios se procederá sin ninguna distinción,
exclusión, restricción o preferencia, de cualquier naturaleza, que tenga por
objeto o como resultado anular o menoscabar el reconocimiento, asignación y
goce de las reparaciones en condiciones de igualdad.
D.- ENFOQUE.- debe existir con:
e)
Participación, Intercultural, Equidad de género e igualdad de oportunidades y
Simbólico
Implica que toda medida de reparación
debe expresar el reconocimiento de la dignidad y derechos de las víctimas, y
que todos los actos de reparación deben estar orientados a reconocer la forma
en la que las víctimas fueron afectadas durante el proceso de violencia, y
afirmar la condición de ciudadanos / as de quienes sufrieron la violación de
sus derechos fundamentales.
f)
Celeridad, Confidencialidad, Presunción
de condición de víctima y Prioridad
E.-
PROPUESTA GENERICAS Y CONCRETAS PARA EL CUMPLIMIENTO
DEL PLAN INTEGRAL DE REPARACIONES.
§
Dotación de Presupuesto de 320 millones
anuales en los próximos 10 años.
§
Afiliación automática al SIS de los beneficiarios acreditados por
Consejo de Reparaciones y MIMP.
§
Flexibilización de SNIP y incentivos para los
gobiernos regionales y locales en la
implementación de atención a las
victimas y desplazados
§
Programas sociales de prioridad para las
víctimas directas para las comunidades de mayor o alta afectación como son para
los desplazados, Torturados, presión siendo inocentes, personas que sirvieron
siendo menores en autodefensa o CADs.
§
Fortalecimiento de capacidades a las
organizaciones desplazados, victimas o familiares , capacitación técnico
laboral para el emprendedurismo , PYMES y oportunidad laboral prioritarios para
los diferentes niveles de su capacidad
técnica e profesional.
§
Campaña masiva para la tributación para
generar más ingresos para el Estado y
con ello tener disponibilidad
económica para la Implementación del
Plan Integral de Reparaciones y Búsqueda
de Personas Desaparecidas.
§
Priorización de presupuesto e Incentivos
con mayor puntaje para los proyectos de la ley de reparaciones y de desarrollo para las áreas geográficas o zonas de mayor o alta afectación.
§
Sanción
administrativa, pecuniaria e inhabilitación de asunción de funciones para los
funcionarios o autoridades que incumplieron en la implementación conforme
a la ley 28592 y otra que buscan el
proceso de la Verdad, Justicia, Reparación y Reconciliación.
§
Decreto Supremo de simplificación
administrativa de SNIP de proyectos del Programa de reparaciones y disgregación de 5% del total del
presupuesto de inversiones de los
gobiernos regionales y locales de las regiones más afectados del Perú durante
el periodo de 10 años.
§
Fortalecimiento Institucional y capacidades de
la se Secretaría Ejecutiva y Técnica conforme a las estructura orgánica
recomendado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación. (Consejo Nacional de
Reconciliación). Con el presupuesto mencionado PIR(económica individual, Beca
educativo, Reparación colectiva para las organizaciones , simbólicas y
otras de voluntad política) y búsqueda de Personas Desaparecidas
·
Dotación de más fiscales de integro para la búsqueda de personas
desaparecidos.
·
Continuidad de Registro Único de Víctimas y su
calificación con celeridad conforme a los protocolos iniciales.
·
Por la Judicialización y Sanción a los violadores de Derechos Humanos por
la teoría y mediata principalmente a los altos mandos y políticos
- Por la Reparación Colectiva a las Comunidades
Afectadas y atención de proyectos de impacto de manera prioritaria
conforme al Decreto Supremo 048-2009- PCM
- por la Memoria colectiva de la violencia política
en el Perú de manera imparcial en bien de la juventud.
·
Por el Fortalecimiento de la unidad operativa y ejecutiva de Reparaciones
(CMAN y RUV) con profesionales sensibles y comprometidos con los Derechos
Humanos y organizaciones afectados
·
relanzar el proceso de reparación de las víctimas del conflicto interno, a nivel individual
y colectivo, fortaleciendo especialmente las iniciativas de construcción y
difusión de la memoria histórica y permitiendo que los afectados tengan una
atención oportuna y de calidad en salud y educación; asimismo, que el Plan
Integral de Reparaciones incluya los casos de violencia sexual en el conflicto
armado interno;
1.-
DEMANDA: CUMPLIMIENTO DE LA REPARACION
INTEGRAL
A.-
PROGRAMA DE REPARACIONES ECONOMICAS.
A.1.-PREAMBULO
El D.S Nº 051-2011-PCM del 2011 ha
establecido el monto de indemnización a 10 mil nuevo soles por victima. Los
beneficiarios y de reparto son familiares de los fallecidos y los
desaparecidos: 50% para cónyuge o
concubina y 50% para padres e hijos; con ello se deduce si una víctima tiene 7 hijos mas los dos padres sobrevivientes
sólo recibirían un monto 555.5 nuevo
soles. Un monto inferior a un sueldo mínimo mensual después de espera de 30 a 13 años. Sólo 5.5% del total de
un sueldo mensual de un alto funcionario de CMAN, la pregunta es si nuestro
familiar tan solo viviría actualmente
produciendo solo mensualmente 500 soles en 13 años sería 78 mil soles y en 30 años 180 mil soles, sin
embargo conscientes de la situación actual y demanda social en este tema reparación económica no hemos solicitado esa cantidad, si no 120
mil soles, pero a la vez en un diálogo con la Secretaría Ejecutiva de CMAN de entonces Isabel
Coral hemos quedado en una reparación económica de 10 UIT
prolongados durante 10 años.
A.2.-AVANCES.
Las organizaciones afectadas hemos contribuido que se efectúe dicho pago
por principio de necesidad de las
víctimas, muchos de ellos ancianas y
enfermas y se tiene:
Nº
|
AÑO
|
Nº BENIFICIARIOS
|
OBSERVACION
|
|
2011
|
1 878
|
LISTAS DE 1 A 5 (DE 65 A 80 AÑOS)
|
|
2012
|
10 974
|
LISTAS 6 Y 7 (48-63 AÑOS)
|
|
2012
|
5 584
|
LISTA 8(HASTA 38 AÑOS)
|
TOTAL
|
18 436
|
|
SOLO
PADRES Y CONYUGES CONFORME AL D.S
051-2011-PCM
|
Por solicitud del Ministerio de
Economía y Finanzas se contrata una consultoría para la modificatoria del D.S 051-2011 PCM
respecto al aumento del monto de 10 UIT.
A.3.-DEFICULTADES
No se tiene respuesta o pendiente de la
consultoría.
Con el D.S 051-2011 PCM limita al
acceso a la reparación económica de las
solicitudes a partir de 01 de Enero del 2012.
Te obliga a someter de manera
coercitiva de aceptación administrativa
del monto, por lo tanto te limita a acceder al órgano jurisdiccional.
A.4.-DEMANDAS
y PROPUESTAS
1.- Modificatoria del D.S. 051: Planteamiento económico: 10 UIT;
Repartido en 2: 5 UIT; Mas de 3: 1.25 UIT (Hijos) .- Aumento de 10 UIT por Víctima de
los cuales 50% para los cónyuges y 50%
para los hijos y padres en número menor de tres beneficiarios y 1.5% de IUT por
cada hijo si son mas tres beneficiarios
ascendientes y descendientes. en caso que no existiese hijos, o padres o
cónyuges se deberá abonar el 100% al familiar sobreviviente beneficiaria
2.- Registro
Único de Victimas (RUV): abierto permanentemente para reparaciones económicas, conforme a los protocolos de Registro Único de
Víctimas de acuerdo a la realidad social
y geográfica.
3.- Reparación
por víctima conforme a la ley y el
acuerdo de fecha de 15 de marzo de CMAN.
4.- Victimas
sin beneficiarios.-: será acreedor la primera persona familiar que solicita de
cuarto y quinto grado de consanguinidad conforme a las costumbres y el derecho sucesorio. Ante la inexistencia del familiar persistente de
un plazo de 2 años de haber hecho conocimiento de su derecho de reparación
pasará a la organización comunal
de su origen por nacimiento o organización regional u antigua previa un
perfil del proyecto
con justificación sobre derechos
humanos o memoria para que no se repita.
5.- las
indemnizaciones recibidas por el derecho laboral es diferente al Plan Integral
de Reparaciones de la ley 28592.
6.- Ante la
concurrencia de cónyuges, más allá de la aplicación de las normas supletorias
se debe tomar en consideración conforme
a la realidad de cada familiar víctima.
7.- Todos los beneficiarios que hayan
salido publicado sus nombres para la reparación económica deben ser
garantizados su reparación.
8.- Las personas que no son beneficiarios con Reparación Económica deben ser
incluidas automáticamente a los programas sociales como pensión 65 y otros de
su naturaleza (cumpliendo requisitos mínimos).
9.- Dotación de Presupuesto a las organizaciones.-
Se debe destinar el 0.5 % del total del monto de reparaciones a las organizaciones afectadas del lugar de su origen de la víctima beneficiaria para mantener la cultura de paz., previa
justificación del plan de actividades
anuales, bajo administración de
las oficinas descentralizadas de CMAN o defensoría del Pueblo. Dicha
solicitud es en marco de la subsistencia de
lucha por los derechos de los beneficiarios, de lucha
frontal para que no se repita y
cobros indebidos que hacen algunas personas naturales
B.-
PROGRAMA DE ACCESO Y FACILITACION HABITACIONAL
B.1.-AVANCES:
·
Se ha conformado Grupo de Trabajo del Programa
de promoción y facilitación de acceso
habitacional.
·
La SE-CMAN entregó al Ministerio de
Vivienda el primer listado de 8575 de
las regiones de Lima, Ayacucho y Junín. Sin embargo no se sabe el criterio de
la calificación del presente lista
·
Con resolución Ministerial N°212-2012-VIVIENDA
con enfoque de atención preferencial de
500 bonos para las víctimas de la violencia política.
B.2.-
DEMANDA y PROPUESTA.
a)
Programa especial de
construcción y adjudicación de viviendas que se llevará a cabo en forma
progresiva y descentralizada
b)
Proyectos de apoyo a la
reconstrucción y rehabilitación de viviendas rurales.
c)
Apoyo para el
saneamiento legal de la propiedad de la vivienda, convocando la participación
de las entidades competentes del Estado.
d)
Fomento y apoyo para la ubicación de las familias desplazadas
internas en situación de alojados en los asentamientos elegidos en coordinación
con los gobiernos locales, los que deberán ser considerados como beneficiarios
preferentes en las campañas de asignación de lotes.
e)
Fomento, apoyo financiero
y asesoría técnica para la autoconstrucción de las viviendas de las familias
desplazadas internas que cuentan con viviendas precarias y provisionales.
f)
Dotación
de presupuesto de 7 UIT para zonas urbanas
g)
Conformación
de comisión de Vivienda.
h)
El
Ministerio de vivienda debe presentar anualmente el presupuesto para el
presente programa.
i)
Los Gobiernos Regionales y
locales:- para la celeridad del presente
programa deben dotar terreno, facilitar
proyectos de contrapartidas.
j)
Descentralizar el presupuesto de
la vivienda a los Gobiernos Regionales.
B.3.- PLAZO E INTERVENCIÓN
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
desarrollará, dentro de sus programas existentes, un componente especial de
construcción y de adjudicación de viviendas progresivo, que deberá hacerse
efectivo en los siguientes diez años desde el momento de la implementación,
para favorecer a quienes perdieron su vivienda por destrucción durante el
proceso de violencia; y establecerá un puntaje adicional y preferencial para
ser calificados como beneficiarios de los bonos habitacionales de los programas
de vivienda.
C.-
PROGRAMA DE REPARACIONES COLECTIVAS:
El
Programa de reparaciones colectivas se inserta en el
Plan Integral de Reparaciones como uno de los componentes
de la reparación, en el marco de las Recomendaciones del Informe Final de
la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR). La CVR señala que no sólo se
afectaron derechos de manera individual, sino que también a nivel
colectivo. Miles de peruanos y peruanas pertenecientes a comunidades
campesinas y nativas vieron afectados sus derechos como grupo humano, a
través de violaciones sistemáticas a los derechos humanos y quebrantamiento de
relaciones sociales y políticas dentro de sus
comunidades. La CVR consideró la
necesidad de establecer un conjunto de medidas
que pudieran resarcir el daño ocasionado, con respeto a la identidad
cultural de dichas poblaciones,
promoviendo además la descentralización del país.
El objetivo del componente de
reparación colectiva según la CVR debe ser contribuir a la
reconstrucción y consolidación de la institucionalidad colectiva. Los
beneficiarios del programa de reparaciones colectivas son las comunidades
campesinas y nativas, así como los grupos de
desplazados no retornantes.
Los componentes se
relacionan a
la consolidación institucional, así como a la
recuperación de la infraestructura y de servicios básicos. La inclusión
de la población en la elaboración de los
planes de reparación son elementos
constitutivos del sentido reparador.
El Programa de Reparación Colectiva
PRC de la CMAN busca la recomposición del vínculo entre el
Estado y las comunidades, que ha sido quebrado y deteriorado. Se
busca garantizar la inclusión y el derecho al desarrollo de la
comunidad. Su objetivo es la reconstrucción del capital social e
institucional de las comunidades beneficiadas.
La Ley 28592 que le da estatuto legal
al PIR y su reglamento retoman la definición de colectivos beneficiarios del
programa de reparaciones colectivas exactamente en los mismos términos
propuestos por la Comisión de la Verdad
y Reconciliación (CVR). Para efectos del Plan Integral de Reparaciones (PIR), la CVR peruana
entendió que los “colectivos humanos” beneficiarios de las medidas de reparación
incluidas en el Programa de Reparaciones
Colectivas serían los siguientes:
a) a las comunidades campesinas,
comunidades nativas y otros centros poblados afectados por el conflicto armado
interno. Para su identificación la CVR
recomienda los siguientes criterios (o una
combinación de los mismos):
•
Concentración de violaciones individuales;
•
Arrasamiento;
•
Desplazamiento forzoso;
• Quiebre
o resquebrajamiento de la institucionalidad comunal, utilizando los siguientes
criterios:
- número
de autoridades muertas, desplazadas y/o desaparecidas
-
debilitamiento de las asambleas, juntas y otras modalidades de gobierno local
• Pérdida
de infraestructura familiar, utilizando los siguientes criterios:
- pérdida
de tierras y herramientas de trabajo
- pérdida
de ganado
- pérdida
de vivienda
- pérdida
de medios de transporte
• Pérdida
de infraestructura comunal, utilizando los siguientes criterios:
- pérdida de
locales comunales
- pérdida
de infraestructura productiva comunal
- pérdida
de infraestructura de comunicaciones (puentes, caminos, radios comunales, etc.)
- pérdida
de infraestructura de servicios básicos (agua, energía, saneamiento, etc.).
b) a los grupos organizados de
desplazados no retornantes provenientes de las comunidades afectadas, en sus
lugares de inserción.
C.1.-
GRUPOS COMUNALES O BARRIALES.
A.-
AVANCES:
No hay datos disponibles
B.-
DIFICULTADES
·
El 15,8% del total de la población definen el
proyecto de reparaciones colectivas en cada comunidad beneficiarias. Esta
situación nos lleva a concluir que las asambleas de elección de proyectos
fueron improvisadas con el fin de cumplir el requisito para la aprobación del
proyecto.
·
El proyecto de PRC debe responder no sólo a la
voluntad y las necesidades de la población beneficiaria, sino sobre todo éste
debe de ser percibido y calificado por la población de manera positiva. La valoración de los proyectos
evaluados es “buena”, en un 29,3%, seguido de “regular” (14,4%), dando como
razones, que éste es un proyecto que satisface una necesidad del centro poblado
pero que no es suficiente ya que no beneficia a todos los habitantes del centro
poblado. En todos los casos siguen siendo altos los porcentajes de población
que no puede calificarla porque no conoce el proyecto.
·
De los datos presentados resalta que la mayor
cantidad de proyectos son de Infraestructura de riego, Actividades pecuarias e Infraestructura
educativa; esto responde probablemente, a la importancia que tienen para el
departamento la superación del analfabetismo y la promoción del desarrollo por
un lado, y por ser la agricultura la principal actividad económica.
·
Las organizaciones de afectados no tienen
presencia para las consultas de las reparaciones colectivas, sólo en alguno de
ellos.
™
C.-
DEMANDAS Y PROPUESTAS
·
Debe darse a conocer el proyecto y todos sus
componentes a toda la población, con apoyo de las autoridades de los centros poblados,
anexos, comunidades y sectores que lo incluyan, de tal manera que no sea alto el porcentaje de
desconocimiento del mismo.
·
La elección del Comité de Gestión debe contar
con mayor porcentaje de población, para ello se debe convocar e informar a la asamblea y a
todos los comuneros y comuneras. Lo mismo debe darse para la elección del proyecto y para las
actividades de Inicio de Obra.
·
Sobre el tipo de proyecto, conociendo las
necesidades de estos centros poblados, debe evitarse la confusión de los
proyectos con obras asistenciales o programas sociales, puesto que esto
desnaturaliza el fundamento de la reparación que es la percepción de
compensación por los hechos de violencia ocurridos.
·
Los protocolos de inicio de obra deben
realizarse con presencia de toda la población beneficiaria, y deben constituir
un espacio de reflexión, y reconstrucción de memoria colectiva sobre lo que
pasó. Hay una gran necesidad de realizar este tipo de actividades como acciones
sanadoras y de recomposición del vínculo social.
·
La reparación colectiva es parte del Plan Integral
de Reparaciones, y por lo tanto la atención del Estado debe ser integral, lo
cual incluye la implementación de todos los componentes de reparación. De esta
manera, se podrán restablecer las condiciones de vida de los afectados y
afectadas para el pleno ejercicio de su ciudadanía, en el marco de políticas de
respeto de los derechos humanos.
·
La Constitución
de núcleos ejecutores de parte de las familias y victimas directas
como una experiencia de FONCODES.
·
El monto de
la reparación colectiva debe ser conforme a la gravedad de los hechos de al
comunidad por encima de 300 mil soles.
·
Incentivo y porcentaje mayor
para los proyectos de inversión para las zonas mas afectadas de la
violencia política a nivela nacional,
sea en programas nacionales con presupuesto de la república y presupuestos participativos de la regionales.
·
Atención `preferente con los programas sociales a las comunidades
afectados por la violencia política.
·
Otras referentes del cumplimiento de la ley 28592 como son:
a)
La consolidación institucional, que comprende
la incorporación de acciones de apoyo al saneamiento legal de las comunidades,
la instauración de las autoridades y poderes locales, la capacitación en DDHH,
prevención y resolución de conflictos internos e Intercomunales, a partir de un
diagnóstico comunal participativo que ayude a identificar las acciones
necesarias, dentro de un enfoque de derechos que priorice la educación para la
paz y la construcción de una cultura de paz.
b)
La recuperación y reconstrucción de la
infraestructura económica, productiva y de comercio, y el desarrollo de
capacidades humanas y acceso a oportunidades económicas.
a)
El apoyo al retorno, reasentamiento y
repoblamiento, así como a las
poblaciones desplazadas como consecuencia del proceso de violencia.
b)
La recuperación y ampliación de
infraestructura de servicios básicos de educación, salud, saneamiento,
electrificación rural, recuperación del patrimonio comunal y otros que el colectivo pueda identificar.
D.- INTERVENCIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS
PARA EL PROGRAMA DE REPARACIONES COLECTIVAS
El Ministerio de Agricultura, en
coordinación con el Ministerio de Justicia, desarrollará un plan extraordinario
y priorizado de saneamiento legal de tierras rústicas, buscando mantener la
situación que existió antes del período de violencia señalado en la Ley.
El Ministerio de Agricultura
desarrollará un programa especial de apoyo a la agricultura y ganadería, así
como la capacitación, asistencia técnica y sistema de crédito, los que podrán
ser solicitados y gestionados por colectivos con reconocimiento legal y
representación debida.
El Ministerio de Educación,
considerará dentro de su presupuesto la implementación de planes y programas de
atención prioritaria a las zonas afectadas por el proceso de violencia. Estos planes y programas incluyen como mínimo
la construcción o reconstrucción de locales educativos, mobiliario y
equipamiento para la educación inicial, primaria, secundaria y técnica. Se otorgará preferencia a la capacitación de
maestros en la pedagogía específica en educación bilingüe intercultural.
El Ministerio de Salud, considerará
dentro de su presupuesto la implementación de planes y programas de atención
prioritaria a las zonas afectadas por el proceso de violencia. Estos planes y programas incluyen como mínimo
la construcción o reconstrucción de locales de salud, equipamiento,
abastecimiento con medicinas e insumos y la dotación de profesionales de la
salud.
El Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social contribuirá con sus Programas Nacionales en la ejecución de las
actividades que sean de su competencia, dentro del ámbito de las reparaciones
colectivas.
E.- Metodología del Programa
El Programa de reparaciones colectivas
se ejecutará bajo la metodología siguiente:
a)
Asignaciones
para reconstrucción y reparación
Los montos
a asignarse a los colectivos para fines de reconstrucción o iniciativas de
desarrollo comunal aprobadas por medio de procesos participativos, dependerán
del número de miembros del colectivo, y del nivel del daño sufrido en la
zona. Los recursos estarán incluidos en
los presupuestos de los sectores correspondientes y los presupuestos
participativos e los Gobiernos Regionales y Locales.
b)
Proceso
gradual y descentralizado
Dada la cantidad de colectivos
afectados, este programa se elaborará a partir de fases escalonadas de
ejecución, donde la fase inicial deberá aplicarse en un número limitado de
colectivos afectados, con la intención de definir y diseñar de manera más
apropiada la implementación las fases sucesivas del programa. El programa se
planifica, formula y ejecuta desde sus inicios de manera descentralizada, con
el fin de que los gobiernos regionales y locales y los mismos colectivos
participen activamente en su desarrollo, dentro de un proceso gradual y por etapas,
de acuerdo a la realidad de cada zona afectada
C.2.-GRUPOS
ORGANIZADOS (DESPLAZADOS, VICTIMAS E FAMILIARES).
A.-
AVACES
Casi Ninguna, solo la acreditación ínfima.
B.-
JUSTIFICACIÓN.
A lo largo de la violencia política y
post violencia las organizaciones afectadas
lideraron por la defensa de la
vida, expresando y demandado la paz y justicia, contribuyendo a la pacificación
y la democracia del Perú. Hoy muchas organizaciones tienen una vida histórica de 30 años
y 10 años, pero esta mas allá de fortalecer han sido como
el talón de Aquiles de los administradores del Estado, muchas veces
dificultando en el labor de políticas de Paz, reparación y reconciliación.
DEMANDA
Y PROPUESTA
·
Acreditación a todas las organizaciones
desplazadas, víctimas y organizaciones de familiares
·
Reparación colectiva con el monto específico de
reparación colectiva.
·
Fortalecimiento de resolución de capacidades técnicas,
administrativas para la integración al
desarrollo económico, con proyectos
económicos, productivas y su capacitación.
·
Focalización con programas sociales de Juntos,
Pensión, Chacra productiva entre otras de manera prioritaria.
D.-
PROGRAMA DE REPARACION EN EDUCACION
AVANCES:
·
Convenio PRONABEC (beca REPARED 50 becas en
2012 y 200 becas 2013 a nivel nacional).
DIFICULTADES.
·
La calificación o falta de focalización del
SISFOH
·
Demasiado desconfianza y desconocimiento dela
realidad peruana, así como barreras
burocráticas. Del total de los 320 postulantes en 2013 con entrevista y
SISFOH solo logrando más de 180 beneficiarios
PROPUESTAS
·
La reparación en Educación debería tener un
carácter integral , tanto en la articulación con los otros programas de
reparación como en los enfoques de intervención que se apliquen a fin de evitar acciones inconexas.
·
La becas deben ser integrales y cubrir todos los gastos hasta la titulación
de los profesionales
·
El concurso a los cupos de becas se debe realizar sólo entre hijos de
las víctimas.
·
Apoyo para la
formación previa para el ingreso a las instituciones superiores de los
beneficiarios.
·
Educación para adultos con un programa
integral de acompañamiento psico
emocional y productiva.
·
Reserva vacantes conforme al D.S 047-2011-PCM
E.-
PROGRAMA EN REPARACION EN SALUD.
AVANCES:
·
Gestiones para la afiliación automática a la plataforma de atención del SIS de los beneficiarios del Programa de
Reparación de Salud. No aplicación de los criterios del SISFOH para las víctimas.
·
Aprobación del documento técnico “Lineamientos
para el acompañamiento Psicosocial a
familiares de las personas Desaparecidas” con resolución Ministerial
N°299-2012-MINSA.
CRITICAS, DEMANDAS PENDIENTES:
·
No se visualiza el carácter reparador y especial que debe
tener el programa, pues las víctimas beneficiarios son equiparados con
beneficiarios de extrema pobreza.
·
No garantiza la cobertura real, cuando la
atención debe ser integral sin costo alguno por ser víctimas de la violencia.
·
No debe haber ningún tipo de impedimento para
la atención de salud, pues se debe aceptar la acreditación como víctimas y
desplazados.
·
Se debe
difundir el programa, normas y las directivas a todas los las postas y
centros de salud, a los funcionarios y a los beneficiarios.
F.-
PROGRAMA DE REPARCIONES SIMBOLICAS y MEMORIA (HEEDER SOTO)
AVANCES:
·
Mediante la Resolución Suprema 059-2009-PCM, creó la Comisión Presidencial
de Alto Nivel con el objeto de coordinar y promover el diseño, organización,
implementación y gestión del Proyecto
“Lugar de la Memoria”
DEMANDA Y PROPUESTAS:
·
Recuperación de la memoria histórica a nivel
Nacional, Regional y Local a través de proyecto de memoria
·
Difusión y reconocimiento público de libro de
los pueblos heroicos quienes hayan sido arremetidos salvajemente por los agentes de la violencia.
·
Día del homenaje a todas las víctimas de la violencia política.
·
Difusión del informe final de la CVR en las
Instituciones educativas y la implementación de la currícula educativa.
·
Inclusión
de los representantes de las organizaciones de víctimas en los espacios
de decisión nacional (CMAN, Lugar de
Memoria, Acuerdo Nacional).
·
Difusión de nombres de mártires del terrorismo
·
Nominación de calles, monumentos de los
nombres de las víctimas en cada uno de los centros poblados o comunidades.
- Establecer e implementar una política de Desaparecidos.
- Promulgar
la Ley para las exhumaciones humanitarias y declarar zonas intangibles a
zonas de exhumación. Entre ellos. Ex bases militares, lugares de entierro
clandestino o fosas comunes ya identificados, ubicación y registro de
otros lugares.
- Formular
y elaborar un plan nacional de búsqueda de desaparecidos.
- Asignación
presupuestal para la implementación del plan nacional de búsqueda de
desaparecidos, exhumaciones y entierro digno en cementerios públicos.
- Instalación
e implementación de un banco de ADN para la identificación de personas
desaparecidas durante la violencia política.
Respecto
a Memoria:
- Incorporación
de representantes de los familiares en la comisión del lugar de la
memoria.
- Incorporación
en la currícula educativa sobre memoria del CAI.
- Construcción
del lugar de la memoria donde estén todas las víctimas civiles y militares
sin exclusión.
G.-
PROGRAMA DE RESTITUCION CIUDADANA.
El objetivo del programa de restitución de derechos ciudadanos consiste
en establecer en el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos ciudadanos,
civiles y políticos, a la población afectada por el proceso de violencia,
buscando su rehabilitación jurídica, para lo cual se crea accesos
preferenciales o tratamientos prioritarios para este sector de la sociedad
garantizándole una situación de igualdad en el ejercicio de sus derechos ante
sus otros conciudadanos.
Modalidades: el
artículo 17° del reglamento del Plan Integral de reparaciones refiere:
Las modalidades del Programa de
restitución de derechos ciudadanos son:
a) Regularización de la situación jurídica de los
desaparecidos.
b) Regularización de la situación jurídica de los
requisitoriados.
c) Anulación de los antecedentes policiales,
judiciales y penales.
d) Regularización de la situación de los
indocumentados.
e) Regularización de los derechos sucesorios y
saneamiento legal de la propiedad mueble o inmueble.
a) Exoneración de tasas judiciales,
administrativas, registrales, municipales y otros costos.
H.- Otras.
·
Oportunidad
Laboral para todas las víctimas con un puntaje adicional en los concursos en
todos los campos.
2.- BÚSQUEDA
DE DESAPARECIDOS:
2.1.-
Demandas Genérica(expresada en III Congreso Nacional de CONAVIP).
- Establecer e implementar una política de
Desaparecidos.
- Promulgar
la Ley para las exhumaciones humanitarias y declarar zonas intangibles a
zonas de exhumación. Entre ellos. Ex bases militares, lugares de entierro
clandestino o fosas comunes ya identificados, ubicación y registro de
otros lugares.
- Formular
y elaborar un plan nacional de búsqueda de desaparecidos.
- Asignación
presupuestal para la implementación del plan nacional de búsqueda de
desaparecidos, exhumaciones y entierro digno en cementerios públicos.
- Instalación
e implementación de un banco de ADN para la identificación de personas
desaparecidas durante la violencia política.
2.2
POLÍTICAS DE ESTADO PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS’
ANTECEDENTES
El
lunes 15 y martes 16 de octubre de 2012 en el auditorio "Alberto Andrade
Carmona" de la Sede "Hospicio Ruiz Dávila" del Congreso de la
República, se realizó el Seminario ‘Análisis y propuestas sobre políticas de
Estado para la búsqueda de personas desaparecidas’, organizado por la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República y la Mesa de
Trabajo en Acompañamiento Psicosocial en procesos de búsqueda de personas
desaparecidas.
Con
la participación de diversas
instituciones del Estado. La mesa de honor estuvo conformada por: el Doctor
Henry José Ávila Herrera, Viceministro de DDHH; el Doctor José Peláez Bardales,
Fiscal de la Nación; la Doctora Marisol Pérez Tello, Presidente de la Comisión
de Justicia y DDHH del Congreso de la República, el Señor Cédric Schweizer,
Jefe de la Delegación Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja para
Bolivia, Ecuador y Perú, y el Doctor Carlos Bromley, representante de la
Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud.
Estas
conclusiones son fundamentales y acogimos
como organización regional para apoyar, incidir para su implementación
de la política pública de la “búsqueda
de Personas Desaparecidas en el Perú y Ayacucho”.
a.
Objetivo
Promover
la búsqueda, identificación y restitución de los restos mortales de las
personas desaparecidas a causa del conflicto 1980-2000 y atender las
necesidades emocionales, materiales, logísticas y de información de los
familiares durante los procesos de búsqueda.
b.
Definiciones
-
Persona desaparecida: toda persona cuyo paradero es desconocido para sus
familiares o sobre la que no se tiene certeza legal de su paradero en relación
con el conflicto 1980 – 2000. Debe ser un concepto lo suficientemente amplio e inclusivo para que
satisfaga las necesidades de los familiares de las víctimas y de la sociedad,
como el de la Ley 28413 para la Declaración de la ausencia por desaparición forzada,
aunque considerando además a las personas fallecidas.
-
Familiar: comprende tanto a los hijos y las hijas, el/la cónyuge o conviviente,
padres, y hermanos y hermanas, como a otras personas emocionalmente cercanas al
familiar con legítimo interés, según el contexto cultural.
c.
Características
-
La coordinación se realizará a través del ente rector en derechos humanos del
Estado: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se propone la creación de
una oficina, instancia, Comisión, Órgano Técnico Especializado, Programa o la
entidad que sea pertinente. Deberá ser de alto nivel, con un marco legal
propio, independiente, de carácter vinculante para todas las instancias del
Estado, y será responsable de elaborar y supervisar, de manera descentralizada,
el cumplimiento del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
-
Su conformación será multisectorial e intergubernamental, con representación de
la sociedad civil (ONGs y Organizaciones afectadas)
-
Deberá establecerse como una política de Estado de largo plazo,
institucionalizando un órgano con vocación de permanencia que permita afrontar
la dimensión y complejidad de la problemática, por lo que se buscará su
formalización a través de una Ley.
d.
Funciones
-
Diseñar e implementar un Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas en
coordinación con las instituciones involucradas, relativo tanto a las
investigaciones forenses como a la atención
de las necesidades emocionales, materiales y de información de los familiares
durante los procesos de búsqueda.
-
Coordinar las políticas y acciones del Estado ya existentes relativas a la
búsqueda de personas desaparecidas, garantizando su adecuación a los estándares
internacionales relativos a la materia. Así, establecerá mecanismos de
coordinación y cooperación entre los distintos actores involucrados en la
implementación de la política: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
(Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional
Humanitario – CONADIH, Consejo Nacional de Derechos Humanos, Comisión
Multisectorial de Alto Nivel – CMAN, Consejo de Reparaciones), Ministerio
Público, Dirección de Salud Mental del MINSA, Direcciones Regionales de Salud,
Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, Gobiernos regionales y locales;
otras instituciones estatales relacionadas a la temática: Defensoría del Pueblo y Comisión de Justicia y Derechos
Humanos del Congreso de la República; así como Asociaciones de familiares y
organizaciones de la sociedad civil directamente involucradas con la problemática
de las personas desaparecidas.
-
Promover y coadyuvar a la participación de los familiares en la toma de
decisiones sobre los procesos de búsqueda en que se encuentren involucrados,
con un enfoque intercultural y de
derechos; así como realizar campañas de información a los familiares.
-
Su intervención será de oficio: no
sólo a solicitud de los familiares, sino como parte de una decisión de Estado
de dar solución general al problema de las personas desaparecidas en el país
durante el periodo mencionado.
-
Coadyuvar o impulsar la realización de las investigaciones forenses tendientes
a la búsqueda e identificación de las personas desaparecidas:
•
Incorporar el aspecto de investigación forense en el Plan Nacional de Búsqueda
de Personas Desaparecidas.
•
Definir el universo de personas desaparecidas y sitios de entierro a nivel
nacional.
•
Recoger sistemáticamente fichas antemortem y muestras de ADN.
•
Realizar campañas de entrevistas a familiares y testigos, en especial de
aquellos que tienen miedo o resistencia a involucrarse en un proceso judicial.
Así como implementar estrategias que
conducen para averiguar la situación de los desaparecidos a través de la colaboración eficaz o confesiones sinceras
y su beneficio del aquel que colabora.
•
Fortalecer los estudios poblacionales de referencia.
•
Impulsar / fortalecer el banco de datos genético de muestras de familiares y
restos óseos.
•
Promover la capacitación en ciencias forenses.
•
Centralizar, sistematizar y depurar la información disponible (incluyendo el
Registro Único de Víctimas y el Registro Especial de Ausencia por Desaparición
Forzada) y solicitar información a las distintas entidades públicas que
considere pertinente.
•
Apoyar en aspectos técnicos y logísticos para la realización de las diligencias
de recuperación y análisis de los restos mortales.
-
Coordinar y supervisar la implementación del "Documento Técnico
Lineamientos de acompañamiento psicosocial durante la búsqueda de personas
desaparecidas", del Ministerio de Salud:
•
Incorporar el Acompañamiento Psicosocial en el Plan Nacional de Búsqueda de
Personas Desaparecidas.
•
Establecer un Programa de capacitación/formación continua al personal de salud.
•
Asegurar el trabajo con profesionales del sector que hayan recibido la
capacitación necesaria, evitando la rotación del personal.
•
Asegurar la atención a los familiares en sus zonas de residencia.
•
Asegurar que el sistema esté preparado para la detección de casos y para el uso
de métodos adaptados a las circunstancias y las particularidades culturales ahí
donde las víctimas residen.
•
Asegurar que se cuente con protocolos y manuales de procedimientos, para que el
personal tenga claridad de sus funciones, planes de trabajo y que registre su
trabajo de manera homogénea.
-
Realizar tareas específicas que no están siendo atendidas actualmente por otras
instituciones del Estado:
•
Organizar y llevar a cabo las restituciones de restos, asegurando el entierro
adecuado de los restos mortales.
•
Prestar asistencia material y orientación a los familiares de las personas
desaparecidas durante los procesos de búsqueda.
•
Realizar campañas de sensibilización destinadas a la sociedad en general, en
especial en las localidades en las que se realizan los procesos de búsqueda.
•
Velar por el cumplimiento de los estándares técnicos y los tratados
internacionales relativos a la materia.
· Rendir cuentas anualmente a la Comisión de
Justicia y Derechos Humanos del Congreso de los avances del Plan Nacional de
Búsqueda de Personas Desaparecidas.
RESUMEN:
Necesitamos un ente que se
dedique exclusivamente en la investigación, búsqueda y identificación de las
víctimas, con acompañamiento Psicoemocional de los familiares, de asesoría
jurídica, provisión de recursos de apoyo para la movilidad, alimentación, así
como provisión de materiales para un
entierro digno donde desee los
familiares, así como de dotación de fiscalías especializadas de exclusividad.
3.- Respecto
a Acceso a JUSTICIA y Judicialización
Demanda
Específicas:
- La
creación de Juzgados y fiscalías especializadas en DD.HH. con conocimiento
de la cultura e idioma original para judicializar los crímenes de lesa
humanidad.
- Que
el Ministerio de defensa colabore con la información de policías y
militares implicados en la violación de DD.HH durante el CAI. y remita las
mismas al ministerio Público. Para su investigación correspondiente.
- Cumplimiento
del D.S. N° 005-2001-MINJUS - casos
de solución amistosa (Educación,
vivienda, reparaciones simbólicas, salud mental y la reparación económica,
así como los casos de la corte IDH.
- Cumplimiento
del D.S. N° 002-2002-MINJUS
Reformas
Institucionales: El Estado debe:
- Establecer
metas e indicadores en el MINJUSDH para
la dirección e implementación de
los temas de DD.HH así como el PNDH.
FUENTES
·
Ley 28592
·
II
Congreso Nacional de CONAVIP.
Comisiones de Trabajo.
Percy Huauya Bautista Coordinador regional
Felimón Salvatierra Com. De Acceso y Facilitación
Habitacional
Heeder Soto Com. Memoria y Reparación Simbólica.
LuyevaYangali (CONAVIP) Com. Educación
Javier Tineo. Com. Educación.
Felipe Ponceca Com. De Salud.
Colaboradores:
Fredy Cisneros.
ALex Vargas
Sergio Castillo
Fredy Vásquez
Mery Taipe.
Anibal Cayo
Revisión
Honorato Méndez
Roberto Córrdova
MIEMBRO DIRECTORIO DE CORAVIP